ESTIMADO AFILIADO/A JUBILADO/A
Deseamos poner en su conocimiento que recientemente la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de La Plata, en autos caratulados «C., H. R. Y OTROS C/ CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ODONTOLOGOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ AMPARO”, CAUSA Nº 36304-P CCALP, confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó un amparo realizado por 9 afiliados jubilados, los que se agraviaban de la forma de cobro del aporte a la cobertura médica, mediante la emisión de la boleta respectiva.
En ese sentido cabe remarcar que, más allá del rechazo total de su planteo, el mismo tuvo consecuencias económicas concretas para los afiliados en cuestión, toda vez que debieron abonar las costas del proceso debido a haber resultado perdidoso en su reclamo.
Sugerimos profundizar el análisis de los temas referidos a estas acciones que puedan resultar en su perjuicio.